INTERRRUPCION VOLUNTARIA DEL EMBARAZO
Res. 2165/2021
INTERRUPCIÓN LEGAL DEL EMBARAZO (ILE):
Las embarazadas con causales de salud, generalmente se encuentran en seguimiento y con una contención institucional por el seguimiento de su embarazo.
La O.S.M.A.T.A. brindará la cobertura integral en los prestadores de la red NACIONAL, con la mayor celeridad.
OSMATA garantiza su cobertura a nivel nacional.
INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO (IVE):
La OSMATA garantiza su cobertura, la respuesta y el acceso. Con dificultades zonales en cuanto a las respuestas recibidas de diferentes localidades y provincias.
Información general: Acceso a la interrupción del embarazo: IVE/ ILE | Argentina.gob.ar
Red de acceso al aborto seguro (REDAS): www.redaas.org.ar
Circuito acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo
Toda Beneficiaria de la OSMATA, sin doble cobertura (que no tenga titularidad en otra obra social), podrá solicitar la prestación.
DERECHOS
La ley establece que las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar tienen derecho a:
a) Decidir la interrupción del embarazo de conformidad con lo establecido en la ley;
b) Requerir y acceder a la atención de la interrupción del embarazo en los servicios del sistema de salud;
c) Requerir y recibir atención postaborto en los servicios de salud, sin perjuicio de que la decisión haya sido contraria a los casos legalmente habilitados;
d) Prevenir embarazos no intencionales mediante acceso a información, educación sexual integral y anticonceptivos eficaces.
PLAZOS
La ley garantiza:
• Acceso a la IVE hasta la semana 14 inclusive.
• Acceso desde la semana 15 en los siguientes casos:
- Si el embarazo fue resultado de una violación (no se requiere declaración jurada en menores de 13 años).
- Si hay riesgo para la vida o la salud de la persona gestante.
CONSENTIMIENTO INFORMADO
Se requiere consentimiento informado previo, por escrito. En menores de edad:
a) Mayores de 16 años pueden consentir por sí mismas.
b) Menores de 16 años: se requiere consentimiento según Artículo 7º de la Ley.
OBJECIÓN DE CONCIENCIA
Profesionales pueden ejercerla, salvo que la vida o salud esté en peligro y requiera atención inmediata.
IDENTIDAD DE GENERO
Res. 2165/2021
La Ley de Identidad de Género (N.º 26.743) reconoce el derecho de todas las personas a ser tratadas de acuerdo a su identidad de género autopercibida, incluyendo el acceso integral a la salud sin discriminación..
La cobertura incluye intervenciones hormonales y quirúrgicas totales o parciales para adecuación corporal, según lo establecido en el Programa Médico Obligatorio (PMO), sin necesidad de autorización judicial ni diagnósticos psiquiátricos. OSMATA garantiza el acceso a estas prestaciones con enfoque en los derechos humanos y el respeto por la diversidad.
SALUD MENTAL
La Ley Nacional de Salud Mental N.º 26.657 promueve el acceso integral y equitativo a la atención en salud mental, priorizando la inclusión social, el respeto por los derechos humanos y el enfoque comunitario..
El Programa Médico Obligatorio (PMO) establece una cobertura mínima que incluye: hasta 30 sesiones anuales de psicoterapia individual, de pareja, familiar o grupal; internaciones cuando estén justificadas por un equipo interdisciplinario; y medicamentos esenciales para el tratamiento Desde OSMATA garantizamos el cumplimiento de esta normativa, promoviendo una atención respetuosa, integral y sin estigmas.
VIOLENCIA DE GENERO
VIOLENCIA DE GÉNERO – PEDÍ AYUDA
Si sufrís violencia de género, tenés derecho a que te ayuden y protejan. Comunicate las 24 hs, todos los días:
Línea 144: Atención a mujeres en situación de violencia.
Línea 137: Atención a víctimas de violencia familiar.
Ambas líneas son anónimas, gratuitas y nacionales. Ofrecen información, contención y asesoramiento ante violencia física, psicológica, sexual, económica, patrimonial y simbólica.
AFILIADOS PMO
Se dará curso a la cobertura de audífonos a los afiados a esta obra social que cumplan los requisitos detallados.
Único medio de comunicación.
delegacionentrerios@smata.com.ar
¡¡¡SIN EXCEPCION!!!
MATERIAL PARA AFILIADOS Y
PRESTADORES
En OSMATA nos comprometemos a garantizar la mayor y mejor oferta de profesionales e instituciones para la atención. Sin embargo, su ingreso y egreso a la cartilla médica es dinámico y puede sufrir modificaciones en forma periódica.
Por este motivo, ponemos a tu disposición la cartilla actualizada de profesionales, centros de salud y farmacias contratados por OSMATA en forma online a través de la web OSMATA.
Cubre las prácticas mencionadas en el Nomenclador Nacional de Prestaciones Médicas y las contempladas en el Programa Médico Obligatorio (Res. 201/02 M.S., modificatorias y/o complementarias), una gran cantidad de prestaciones.
Los profesionales cuyos servicios se ofrecen en esta cartilla ejercen su profesión en forma liberal y de acuerdo a su buen saber y entender. Asimismo, que los servicios de un profesional o institución sean ofrecidos en determinada especialidad, no quiere decir que se encuentre contratado para el resto de las especialidades que dicho prestador pudiera ofrecer, ni que un prestador ofrecidad para realizar consultas médicas se encuentre contratado para realizar otro tipo de prácticas (por ejemplo quirúrgicas).
El afiliado debe tener en cuenta que para prestaciones es
Ante cualquier duda o consulta al respecto podes escribirnos por
Parana - WhatsApp 0343-154174401
TEL/FAX 0343-4312221
Concepcion del Uruguay-Concordia - WhatsApp al 03442-15579780.
TEL/FAX 03442-432282
Concordia -0345-4274300
de lunes a viernes, de 8 a 17 horas
INTERNACIONES
¡IMPORTANTE!
La internación, en cualquier modalidad sanatorial u hospital, será canalizada a través de las entidades contratadas por OSMATA.
La clinica o sanatorio dispondra común acuerdo con el profesional que lo atiende según la disponibilidad.
Segun convenio las habitaciones seran compartidas sin excepcion.
Se dará cobertura del 100% de gastos sanatoriales, siempre que el sanatorio esté dentro de la cartilla de la OSMATA, quedando sujeto a la auditoria segun plan (PMO-PMI).
Ingreso por guardias: quedaran fuera de cobertura toda medicación e inyectables, en caso de no tener bono de consulta, el afiliado debe abonar la consulta solicitando comprobante, y tendran 48 hr para solicitar el bono de consulta en delegacion, presentarlo en clinica tratante para el reintegro del dinero abonado.
ATENCION: En caso que la clinica o sanatorio solicite cobrar atenciones o medicaciones en internacion cualquiera sea el motivo de la misma, NO abonar sin consultar previamente a la delegacion de zona.
Farmacias normas para la atención.
OSMATA pone a su disposición una red de farmacias adheridas, donde usted puede adquirir su medicamento recetado con un descuento de acuerdo a su plan (PMI-PMO) mediante la presentación de la prescripción médica y la credencial siendo la cobertura de medicamentos de OSMATA amplia y permitiendo atender la totalidad de las patologías de causa médica que usted pudiera necesitar.
Recordamos que no tiene cobertura todo producto farmacéutico de venta libre, preparados, con fines cosméticos, recetas
magistrales. (se consulta con delegación dependiendo diagnóstico).
Cualquier medicamento adquirido en farmacias no adheridas o fuera de las normas establecidas, no será reconocido con ningún tipo de reintegro.
Confección de receta
OSMATA ENTRE RIOS NO TRABAJA CON RECETARIOS, su médico debe redactar de puño y letra, con la misma tinta y sin enmiendas: Número DNI, nombre y apellido del asociado.
*La prescripción, realizarla por el nombre genérico del medicamento o denominación común donde conste: concentración,
cantidad de unidades y forma farmacéutica.
*Firma del profesional.
*Fecha de emisión.
*Sello aclaratorio con nombre, número y tipo de matrícula del profesional.
El vencimiento de las recetas opera a los 30 (treinta) días de haber sido emitidas. Solo el médico tratante podrá extender la misma.
El médico no podrá prescribir más de tres medicamentos por receta, indicando además el tamaño del envase requerido. En caso contrario,
la farmacia expenderá el de menor cantidad.